Declaraciones Informativas

En Suspension de Actividades con el SAT – Personas Fisicas y Morales

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Autor: CPC Ericko Zúñiga Saldaña

El Código Fiscal de la Federación establece, que las personas físicas y morales, deberán solicitar su inscripción al RFC y proporcionar la información de identidad, domicilio y en general sobre su situación fiscal, mediante los avisos que establece el reglamento del mismo:

Artículo 27.- Las personas morales, así como las personas físicas que deban presentar declaraciones periódicas o que estén obligadas a expedir comprobantes por las actividades que realicen, deberán solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria y su certificado de firma electrónica avanzada, así como proporcionar la información relacionada con su identidad, su domicilio y en general sobre su situación fiscal, mediante los avisos que se establecen en el Reglamento de este Código.

Asimismo, las personas a que se refiere este párrafo estarán obligadas a manifestar al registro federal de contribuyentes su domicilio fiscal; en el caso de cambio de domicilio fiscal, deberán presentar el aviso correspondiente, dentro del mes siguiente al día en el que tenga lugar dicho cambio salvo que al contribuyente se le hayan iniciado facultades de comprobación y no se le haya notificado la resolución a que se refiere el artículo 50 de este Código, en cuyo caso deberá presentar el aviso previo a dicho cambio con cinco días de anticipación. La autoridad fiscal podrá considerar como domicilio fiscal del contribuyente aquél en el que se verifique alguno de los supuestos establecidos en el artículo 10 de este Código, cuando el manifestado en las solicitudes y avisos a que se refiere este artículo no corresponda a alguno de los supuestos de dicho  precepto

El artículo 25 del Reglamento del citado Código, en materia de la presentación de avisos al Registro Federal de Contribuyentes con motivo de la suspensión de actividades señala lo siguiente:

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Guía de Pagos Referenciados 2013 – Personas Morales Régimen General

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pagos referenciados SAT thumb Guía de Pagos Referenciados 2013   Personas Morales Régimen GeneralDeclaraciones y Pagos es un sistema electrónico integral que ha desarrollado el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que los contribuyentes presenten sus declaraciones por internet. Para facilitar la presentación y cumplimiento de las obligaciones fiscales, se obtendrá información personalizada (declaraciones de acuerdo con sus obligaciones en el Registro Federal de Contribuyentes). Además ofrece la opción de cálculo automático de impuestos y proporciona, en su caso, una línea de captura para efectuar el pago correspondiente (pago referenciado).

El servicio de declaraciones y pagos permite presentar declaraciones provisionales o definitivas correspondientes a los periodos de 2002 a la fecha, del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), entre otros, tanto normales como complementarias (siempre y cuando en el caso de complementarias, la normal se haya presentado a través de este mismo
servicio). Continuar Leyendo

Pagos Provisionales 2013 SAT – Antes y Después de Declaraciones y Pagos

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acceso mi portal thumb1 Pagos Provisionales 2013 SAT   Antes y Después de Declaraciones y PagosEl calculo y pago de impuestos en México ha cambiado radicalmente durante estos años, los Contadores debemos ir a la par de estos cambios fiscales y deducir el como puede beneficiar estos cambios al contribuyente, apoyando al contribuyente a cumplir con sus obligaciones correctamente. El sistema de Declaraciones y Pagos para las personas físicas (a partir de 250,000 de ingresos) y todas personas morales (desde 2012) es una realidad por lo que si estés migrando de un esquema a otro en estos momentos la siguiente información será de gran utilidad para ti como contador o como contribuyente:

Para mayor claridad sobre el procedimiento para hacer su declaración, observe el siguiente cuadro comparativo sobre cómo realizaba sus declaraciones y pagos y como debe realizarlos ahora.

Antes

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Fecha limite para Presentar Declaraciones y Pagos ante el SAT y dias adicionales

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Desde 2012 muchos contribuyentes están obligados a presentar los pagos provisionales desde el Sistema de Declaraciones y Pagos, tanto personas físicas como morales deben de considerar la siguiente información para cumplir en tiempo y forma sus pagos provisionales:

Para la presentación de declaraciones provisionales o definitivas ¿El servicio de Declaraciones y Pagos considera en la línea de captura para efectos del vencimiento del pago los días adicionales conforme al sexto dígito numérico del RFC?

Sí, el servicio de Declaraciones y Pagos considera en la línea de captura los días adicionales conforme al sexto dígito numérico del RFC conforme a lo siguiente:

fechas limite dyp thumb Fecha limite para Presentar Declaraciones y Pagos ante el SAT y dias adicionales

Esta facilidad no aplica para:

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Anexos a presentar de la Declaracion Informativa Multiple por contribuyente

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Como contribuyentes las Personas Físicas y Morales deben de presentar a más tardar el 15 de febrero la declaración informativa múltiple que estén obligadas, para esto el SAT nos otorga la siguiente información que sirve para saber cuales declaraciones informativas debe de presentar cada contribuyente dependiendo si se trata de Persona Física, Persona Moral o Persona Moral con Fines no Lucrativos:

Para empezar este es el listado con el numero y Nombre del anexo para los que no están familiarizados con ellos:

  • Anexo 1 Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo. (Incluye ingresos por acciones).
  • Anexo 2 Información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS.
  • Anexo 3 Información de contribuyentes que otorguen donativos.
  • Anexo 4 Información sobre residentes en el extranjero.
  • Anexo 5 De los regímenes fiscales preferentes.
  • Anexo 6 Empresas integradoras. Información de sus integradas.
  • Anexo 7 Régimen de pequeños contribuyentes.
  • Anexo 8 Información sobre impuesto al valor agregado (SE DEROGA).
  • Anexo 9 Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.
  • Anexo 10 Operaciones efectuadas a través de fideicomisos.

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Declaraciones y Pagos 2013 – preguntas frecuentes y procedimientos

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El sistema de declaraciones y pagos viene a suplir el método tradicional de pagos provisionales en el portal, que como contribuyentes se le brinda al SAT información mensual de las operaciones que tiene el contribuyente, esto es benéfico tanto para la recaudación del fisco y para el contribuyente, ya que se obliga a llevar un control de los impuestos que debe pagar mes con mes y así tener un fácil cierre anual y evitar multas, actualizaciones y recargos (a mi parecer).

Como en cualquier nueva disposición la autoridad maneja un plazo que le llama “periodo de transición” (2012) y a lo largo de la implementación del sistema de declaraciones y pagos han surgido varias dudas las cuales el SAT ha ayudado a los contribuyentes a saber como resolverlas, a continuación les dejo las principales preguntas y respuestas acerca de las Declaraciones y Pagos para este 2013:

Reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal 2013 aplicables al servicio de Declaraciones y Pagos

Contribuyentes relevados de presentar aviso de compensación
I.2.3.4. Los contribuyentes que presenten sus declaraciones de pagos provisionales y definitivos a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos” a que se refiere el Capítulo I.2.11. y la Sección II.2.8.5., en las que les resulte saldo a cargo y opten por pagarlo mediante compensación de saldos a favor manifestados en declaraciones de pagos provisionales y definitivos presentados de igual forma a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos”, quedarán relevados de presentar el aviso de compensación que se señala en la regla II.2.2.6.
No obstante lo anterior, las personas morales que se ubiquen en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-A del CFF, deberán presentar la información que señalan las fracciones I y II, así como el segundo párrafo de la regla II.2.2.6., según corresponda a la materia del impuesto que genera el saldo a favor, a través de Internet, utilizando para ello la aplicación de servicios al contribuyente en la página de Internet del SAT.
CFF 31, 32-A, RMF 2013 I.2.11., II.2.2.6., II.2.8.5.

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Declaracion Informativa Multiple 2012 – Constancias a Expedir, Fecha limite y sus Anexos

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Los contribuyentes obligados a presentar declaraciones informativas de 2012, deben hacerlo a más tardar el 15 de febrero de 2013, mediante el programa Declaración Informativa Múltiple (DIM), una vez capturada la información, se debe enviar por Internet, o entregarla en medio magnético según corresponda.

Medios de Presentación de la Declaración Informativa 2012

Las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio de 2012 que deban efectuarse a través del programa electrónico Declaración Informativa Múltiple (DIM) y sus anexos, se realizarán de la siguiente forma:

  • Vía internet: En el caso de que hayan sido capturados hasta 1000 anexos (registros), el archivo con la información se presentará vía internet, a través de este portal, con la CIEC actualizada o con la Fiel vigente del contribuyente.
    El SAT enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico, el cual deberá contener el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado por dicho órgano.
  • Medios magnéticos: En el caso de que hayan sido capturados más de 1000 anexos (registros), deberán presentar la información ante cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC), en unidad de memoria extraíble (USB) o en CD, los cuales serán devueltos al contribuyente después de realizar las validaciones respectivas.

DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS

Se debe indicar el número de operación o folio asignado y la fecha de presentación de la declaración que se complementa. Sólo se deben acompañar el o los anexos que se complementan y en los mismos incluir la información que se corrige y la que no se modificó, así como los datos generales del declarante y el resumen global del anexo.


Que anexos contiene la Declaración Informativa Múltiple?

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Guia para elaborar el Calculo Anual 2012 y Declaracion Informativa de Sueldos y Salarios

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dictamen imss infonavit thumb Guia para elaborar el Calculo Anual 2012 y Declaracion Informativa de Sueldos y SalariosSi es la primera vez que presentas tu declaración anual de sueldos y salarios o tienes algunas dudas respecto a su presentación, el SAT ha programado un taller fiscal para que los retenedores cumplan con las obligaciones fiscales derivadas de sueldos y salarios en el cierre del ejercicio.

El citado taller está  diseñado específicamente para las dependencias de la Administración Pública Federal, a efecto de darles a conocer los fundamentos, criterios y procedimientos prácticos que les permitan cumplir correcta y oportunamente con todas las obligaciones establecidas en el artículo 118 de la LISR que como patrones, asumen por tener personal que les presta servicios personales subordinados y, en su caso, honorarios que se asimilan a salarios.

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La Fiel del SAT – Que tramites y servicios puede realizar con el Certificado Digital?

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fiel renovar thumb La Fiel del SAT – Que tramites y servicios puede realizar con el Certificado Digital?La FIEL o Firma Electrónica Avanzada es una práctica adoptada en México, es una tecnología que tiene reconocimiento a nivel de ley en el Código Fiscal de la Federación, el certificado de FIEL va ligado a los datos de identidad del titular, dado que éste fue generado mediante la acreditación de identidad y la documentación presentada (datos biométricos y documentales).

Lo anterior, surge de la necesidad de brindar mayor seguridad a las transacciones electrónicas que se llevaban a cabo entre los contribuyentes y la autoridad fiscal.

El objetivo principal fue que los contribuyentes contaran hoy con una herramienta que brindara total seguridad a sus transacciones electrónicas. Con su uso, es posible identificar al autor del mensaje y verificar que no haya sido modificado, ya que en documentos electrónicos sustituye a la firma autógrafa del firmante.

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Como solicitar al SAT la Condonacion de multas por requerimientos y escrito libre

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Cuando usted tiene multas notificadas mediante resolución por la autoridad fiscal puede presentar una Solicitud de condonación de multas por infracciones formales, conforme al artículo 74 del Código Fiscal de la Federación, para créditos notificados, este trámite lo puede realizar a partir de la notificación de la multa y en cualquier etapa de cobro, siempre y cuando decida pagar la totalidad del adeudo notificado en la resolución que determina la multa.

Facultad discrecional del Servicio de Administración Tributaria consistente en la condonación parcial o total de la multa fiscal por infracciones formales.

Cuales son las Multas ante el SAT que se pueden condonar?

a) No presentar las declaraciones de pago o informativas, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la SHCP, presentarlas a requerimiento de las autoridades fiscales, no cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos.
b) No efectuar en los términos de las disposiciones fiscales los pagos provisionales de una contribución.
c) No proporcionar la información a que se refiere la fracción VIII, del artículo 32 (operaciones con proveedores), de la Ley del Impuesto al Valor Agregado a través de los medios, formatos electrónicos y plazos establecidos en dicha Ley, o presentarla incompleta o con errores.

A continuación se muestra modelo de Escrito libre con el que usted podrá solicitar la condonación de las multas formales: Descargar Escrito Libre Condonación de Multas SAT

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