prestaciones1 Preguntas y respuestas sobre tu Salario Base de Cotizacin IMSS thumb Consulta si tu Incapacidad del IMSS genero Pago por Internet para su cobro

El IMSS pone a tu disposición una herramienta para la consulta de tu incapacidad desde internet, si tu médico te expidió una incapacidad temporal para el trabajo, consulta aquí si generó pago y si está disponible para su cobro en la ventanilla del banco, pero lo primero que debes de saber es cuanto tienes derecho a exigir de una indemnización por incapacidad. A continuación te dejo el listado de cuales son las causas de incapacidad, su porcentaje de pago ( porcentaje del salario con el que estés dado de alta) y sus fechas limites de pago:

Ramo

Semanas Cotizadas

Porcentaje de Pago

Límite de Pago

Riesgo de Trabajo - No requiere semanas cotizadas. - 100% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad. - De un día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los Servicios Médicos del IMSS.
Enfermedad en general -4 semanas inmediatas anteriores al inicio de la enfermedad.
- Si eres trabajador eventual, 6 semanas en los 4 meses anteriores al inicio de la enfermedad.
- 30 semanas en los 12 meses anteriores a la fecha en que inicia la incapacidad.
- 60% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad. - A partir del 4º día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los servicios médicos del IMSS, se podrá prorrogar hasta por 26 semanas más.
Maternidad - Cuando la asegurada no cumpla con este requisito, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro. (Art. 103 Ley del Seguro Social). - 100% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad. - 42 días anteriores al parto y 42 días posteriores del mismo.

Una vez analizada esta información necesitaras los siguientes datos:

  • Folio de Credencial IMSS
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • Folio del Certificado de Incapacidad en cuestión

Esos datos los ingresaras en el siguiente enlace para ver si tu incapacidad genero su debida indemnización: Consultar pago de Incapacidad

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