
Si los socios efectuaron un deposito de fondos a la empresa como aportación para futuros aumentos de capital debido a la situación económica en la que se encuentra. y la idea de ellos es integrarla al capital social de la empresa. El tratamiento contable y fiscal de estas cantidades seria el siguiente:
Tratamiento Contable
- Contar con una resolución de asamblea. Si se efectuaron aportaciones para futuros aumentos de capital y se tiene una resolución (acta) de asamblea, se registrarán en contabilidad dentro del capital contable en el rubro de “capital contribuido”.
- No contar con una resolución de asamblea. Si las aportaciones para futuros aumentos de capital se efectuaron sin que previamente haya una resolución de asamblea, se registrarán en contabilidad en una cuenta de pasivo (acreedores diversos).
Tratamiento Fiscal:
- Se Cuente o no con la resolucion de asamble. se consideraran como deudas para el ajuste anual por inflacion durante el tiempo que tenga ese caracter.
- Si se capitalizan. ya no estaran dentro de las deudas porque desde ese mmento forman parte del capital social.
Fundamento legal: Boletín C-11 de las NIF y artículos 17 y 48 de la LISR.

